Acoso laboral, Igualdad y Diversidad
 

Categoría Curso
Igualdad
Duración
5 horas
  Presencial       

¿Por qué este curso?

Con este curso se da respuesta a las obligaciones empresariales en materia de no discriminación, acoso y respeto al colectivo LGTBI

El art. 45 de la Ley Orgánica 3/2007, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, conocida como Ley de Igualdad, determina que las empresas están obligadas a respetar la igualdad de trato y de oportunidades en el ámbito laboral y, con esta finalidad, deberán adoptar medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre mujeres y hombres.

El art. 12 de la Ley Orgánica 10/2022, de garantía integral de la libertad sexual, conocida como ley del solo sí es si, y el art. 48 de la Ley de Igualdad, establecen que todas las empresas, con independencia del tamaño, deberán promover condiciones de trabajo que eviten la comisión de delitos y otras conductas contra la libertad sexual y la integridad moral en el trabajo, incidiendo especialmente en el acoso sexual y el acoso por razón de sexo, incluidos los cometidos en el ámbito digital.

Asimismo, el art 14 de la Ley 31/1995 de prevención de riesgos laborales establece el derecho a una protección eficaz de las personas trabajadoras en materia de seguridad y salud en el trabajo. Las empresas deberán incluir en la valoración de riesgos de los diferentes puestos de trabajo ocupados por trabajadoras, la violencia sexual entre los riesgos laborales concurrentes, debiendo formar e informar de ello a sus trabajadoras.

Recientemente la ley 4/2023, conocida como Ley Trans, establece en su art. 15 que las empresas que dispongan de Planes de Igualdad deberán incluir “un protocolo de actuación para la atención del acoso o la violencia contra las personas LGTBI”.

En base a la normativa vigente

  • RDL 1/1995, 24 de marzo, por el que se aprueba texto refundido Ley del Estatuto Trabajadores.
  • Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales.
  • Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.
  • Real Decreto 901/2020, de 13 de octubre, por el que se regulan los planes de igualdad y su registro
  • Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre, de garantía integral de la libertad sexual.
  • Ley 15/2022, de 12 de julio, integral para la igualdad de trato y la no discriminación.
  • Ley 4/2023, de 28 de febrero, para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI.

Para empresas públicas y privadas o personas interesadas.

Las empresas están obligadas a respetar la igualdad de trato y de oportunidades en el ámbito laboral, debiendo promover condiciones de trabajo que eviten la comisión de delitos y otras conductas contra la libertad sexual y la integridad moral en el trabajo, incidiendo especialmente en el acoso sexual y el acoso por razón de sexo, incluidos los cometidos en el ámbito digital. Además, aquellas empresas que dispongan de Planes de Igualdad deberán incluir “un protocolo de actuación para la atención del acoso o la violencia contra las personas LGTBI.

OBJETIVOS GENERALES:

  • Conocer el entorno regulatorio de las conductas contra la libertad sexual y la integridad moral en el trabajo.
  • Contextualizar el acoso o la violencia contra las personas LGTBI.
  • Profundizar en los conceptos de acoso sexual y acoso por razón de sexo.
  • Adquirir los conocimientos necesarios para identificar riesgos sobre violencia sexual.
  • Conocer los conceptos clave sobre el colectivo LGTBI.
  • Profundizar en la corresponsabilidad entre mujeres y hombres.

CONTENIDOS:

BLOQUE 1. CUESTIONES PREVIAS RELATIVAS AL PRINCIPIO DE IGUALDAD

1.1.- Igualdad formal e Igualdad real.

1.2.- Conceptos clave en la construcción de género.

1.2.1.- Binomio Sexo/Género y personas no binarias.

1.2.2.- Roles y estereotipos de género.

1.2.3.- Socialización e identidad de género.

1.2.4.- Patriarcado.

1.3.- Diversidad y discriminación.

1.4.- Discriminación directa/indirecta.

BLOQUE 2. LA CONSTRUCCIÓN DE GÉNERO EN LA EMPRESA

2.1.- Contexto internacional en materia de Igualdad de oportunidades

2.2.- Obligatoriedad legal y promoción voluntaria en España. Legislación.

2.2.1.- Ley Orgánica 3/2007 de 22 de marzo para la igualdad efectiva entre mujeres y hombres.

2.2.2.- Real Decreto-Ley 6/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación.

2.2.3.- Real Decreto 901/2020, de 13 de octubre, por el que se regulan los planes de igualdad y su registro y se modifica el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo.

2.2.4.- Real Decreto 902/2020, de 13 de octubre de igualdad retributiva entre mujeres y hombres.

2.2.5.- Ley 15/2022, de 12 de julio, integral para la igualdad de trato y la no discriminación.

2.2.6.- Ley 4/2023, de 28 de febrero, para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas lgtbi.

BLOQUE 3. EL PLAN DE IGUALDAD Y ÁREAS DE INTERVENCIÓN

3.1.- Itinerario metodológico. Pasos a seguir en la implantación del plan de igualdad.

3.1.1.- COMPROMISO de la empresa.

3.1.2.- Creación de la COMISIÓN NEGOCIADORA de Igualdad.

3.1.3.- DIAGNÓSTICO de situación.

3.1.4.-ELABORACIÓN del Plan de Igualdad.

3.1.5.-INSCRIPCIÓN en el Registro.

3.1.6.-IMPLANTACIÓN de las acciones.

3.1.7.-SEGUIMIENTO, EVALUACIÓN Y REVISIÓN periódica.

3.2.- Ejercicio corresponsable. La conciliación familiar y laboral. 3.3.- Lenguaje inclusivo.

BLOQUE 4. GESTIÓN EMPRESARIAL DEL ACOSO

4.1.- Contexto de la violencia. Etapas.

4.2.- Marco regulatorio

4.3.- Ámbitos e intereses protegidos

4.4.- Prevención y actuación frente acoso (protocolo de acoso)

4.4.1.- Acoso sexual.

4.4.2.- Acoso por razón de sexo.

4.4.3.- Ciberacoso.

Las empresas con trabajadores asalariados que cotizan por formación profesional, disponen de una cuantía anual para bonificarse la formación, como mínimo de 420€.

 Si eres trabajador en activo este curso PUEDE SER GRATIS PARA TI

EMSEMUL como entidad organizadora de formación, les gestiona el importe del crédito a las empresas, a deducir en los Seguros Sociales.

PROCESO BONIFICACIÓN
 SOLICITAR INFORMACIÓN

  CENTRO HOMOLOGADO        

 

0
    0
    Cesta
    Su cesta está vacíaSin productos en el carrito
    Ir al contenido